
www.fuerzasmilitares.org (30AGO2016).- A continuación presentamos a nuestros amables lectores los protocolos de seguridad que fueron incluídos en el Acuerdo General cerrado en La Habana, Cuba, el pasado 24 de agosto entre el Gobierno Nacional y el grupo FARC. Esto explica el funcionamiento de esta nueva etapa que oficializa sobre el terreno el fin del conflicto armado.
En virtud de estos protocolos, el Gobierno Nacional y el grupo FARC se comprometen a NO realizar las siguientes acciones:
1. Entrar en contacto armado.
2. Impedir u obstaculizar la labor del mecanismo de verificación.
3. Ocultar información que sea relevante para el funcionamiento del Mecanismo de verificación y la implementación del acuerdo del cese bilateral y dejación de armas.
4. Desplegar unidades armadas y personal no autorizado en las Zonas Veredales
5. Adelantar acciones que impidan la protección o asistencia humanitaria.
6. Utilizar lenguaje difamatorio por cualquier medio.
7. Ejecutar actos de violencia o cualquier amenaza que ponga en riesgo la vida e integridad personal contra la población civil, especialmente aquellos por razón de género.
8. Realizar acciones que atenten contra la integridad física o moral de la contraparte.
9. Realizar acciones que vayan en contra de la integridad y seguridad física del personal que conforma el mecanismo de verificación.
10. Interferir en la labor del mecanismo de verificación frente a los procedimientos técnicos de registro, identificación, monitoreo y verificación de la tenencia, recolección, almacenamiento, extracción y disposición final del armamento de las FARC-EP.
11. Usar las Rutas de Desplazamiento, la adecuación de los dispositivos en el terreno, para fines o propósitos diferentes a los acordados en el marco del cese bilateral.
12. Transgredir los acuerdos y protocolos relacionados con el ingreso y salida de las zonas veredales.
13. Hacer presencia temporal o permanente en las zonas de seguridad delimitadas previamente de común acuerdo.
14. Transgredir los compromisos adquiridos en el Acuerdo sobre cese bilateral y desarme.
15. Afectar los derechos y libertades de la población civil.
16. La Fuerza Pública mantendrá el cumplimiento de la Ley y en especial de la sentencia –T-455 de 2014- de la Corte Constitucional sobre la incorporación de integrantes a sus filas; y por su parte las FARC-EP no incorporará nuevos hombres y mujeres en sus filas.
El Gobierno Nacional se compromete a NO realizar en virtud del presente acuerdo las siguientes acciones:
1. Tener trato discriminatorio con el personal objeto de este acuerdo.
2. Diseñar, planear y ejecutar vuelos militares, por debajo de 5.000 pies de los niveles de vuelo.
3. Diseñar, planear y ejecutar operaciones de acción ofensiva contra los integrantes de las FARC que se encuentren en cumplimiento del acuerdo de cese bilateral.
4. Controlar el suministro de alimentos y medicamentos destinados a las áreas definidas en las zonas veredales de ubicación.
5. Afectar o dañar las instalaciones adecuadas en las zonas veredales.
6. Ingresar a las zonas veredales y a las franjas de seguridad sin informar o coordinar con el mecanismo de verificación.
7. Hacer propaganda hostil en contra de las FARC-EP.
8. Obstaculizar el desplazamiento de los integrantes de las FARC-EP hacia las zonas veredales.
9. Obstaculizar la atención médica a los integrantes de las FARC-EP.
Las FARC-EP se comprometen a NO realizar en virtud del presente acuerdo las siguientes acciones:
1. Hacer presencia armada y uniformada en cualquier lugar diferente a los campamentos.
2. Salir de las zonas de ubicación sin cumplir los procedimientos acordados en materia de seguridad para los desplazamientos.
3. Adquirir, fabricar, portar o transportar armas, municiones y explosivos no autorizados en el acuerdo del cese bilateral y desarme.
4. Interferir en el normal desarrollo de las funciones de las autoridades civiles, militares y de policía.
5. Cometer actos de destrucción o de daño material, de las obras e instalaciones, infraestructura, instalaciones gubernamentales y de la Fuerza Pública.
6. Realizar actividades ilícitas para la financiación de la organización.
7. Incrementar su capacidad de combate.
8. Comercializar o preparar depósitos clandestinos de armas y pertrechos.
9. Modificar sin justificación la cantidad y relación de personas y armas autorizadas para permanecer en los Campamentos.
10. Incumplir el procedimiento técnico acordado de registro y almacenamiento de las armas correspondiente a los y las integrantes de las FARC-EP que salen al cumplimiento de las tareas del proceso de paz y de los y las integrantes de esta organización asignados al mecanismo de verificación.
(Douglas Hernández, Medellín)